Argentina: Nuevo Decreto – Cambios – Marcas y Patentes

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Queremos informarles sobre un nuevo decreto que ha emitido el Poder Ejecutivo buscando optimizar y modernizar los procedimientos administrativos en la Oficina de Marcas y Patentes de Argentina.

En caso de que este Decreto sea aprobado, la Oficina de Marcas y Patentes tendrá a cargo reglamentarlo de manera que puedan aplicarse los cambios.

En principio, adelantamos las modificaciones incluidas en el decreto que afectarán los procedimientos locales.

  • Por un lado, se debe indicar un domicilio electrónico especial ante el Instituto de Propiedad Industrial cuyos requisitos deben ser regulados por dicho Instituto.

 

MARCAS

El cambio principal se refiere a las oposiciones:

  • El término para negociar con la contraparte ahora es sólo de tres meses.
  • Después de dicho plazo, en lugar del procedimiento de mediación y la acción judicial, la Oficina de Marcas estaría ahora autorizada a decidir sobre las objeciones que no se han retirado.
  • La Oficina de Marcas tendría que emitir la regulación que debe incluir la posibilidad de que ambas partes presenten pruebas para basar sus posiciones. En estos casos, la resolución emitida por el examinador podrá ser apelada ante el tribunal de apelación judicial.
  • Las acciones de cancelación por falta de uso y nulidad que están ahora bajo la jurisdicción de los Tribunales, estarían en manos de la Oficina de Marcas. Esta oficina de oficio o a pedido de un tercero decidiría sobre eventuales acciones de nulidad y cancelación y sólo estas decisiones estarían sujetas a apelación ante los tribunales de apelación.
  • La cancelación parcial basada en el no uso ahora es aplicable si la marca no se estaba utilizando en los últimos cinco años, en la comercialización de productos afines o en servicios relacionados o como nombre comercial.
  • Existe un nuevo requisito: Deberá presentarse una declaración jurada de uso de la marca entre el quinto y el sexto año de la concesión de la marca.

 

PATENTES

  • El documento de prioridad y el Poder no son obligatorios, pero pueden ser solicitados por la Oficina de Patentes.
  • La mayoría de los términos de procedimiento se reducirán de 90 días a 30 días. (Por ejemplo para cumplir con los requisitos de presentación).
  • La fecha límite para pagar las tasas oficiales para el Examen de Fondo también se acortará de tres años a 18 meses.

 

DISEÑOS INDUSTRIALES

  • Con este decreto, se podrán enviar hasta 20 diseños en una sola aplicación, siempre que esté incluida en la misma clase de clasificación de Locarno.
  • Se pueden presentar fotografías y/o reproducciones digitales en lugar de diseños especiales.
  • El período de gracia de seis meses para la renovación de los diseños después de la fecha límite sería factible. Además de poder requerir el solicitante que se aplace la publicación de su solicitud seis meses.

Debemos destacar que este Decreto incluye innumerables modificaciones a otras entidades y está siendo muy cuestionado por varios sectores. No descartamos acciones de inconstitucionalidad en su contra.

Por otra parte informamos que se están manteniendo reuniones con las autoridades del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial, quienes hasta ahora nos indicaron que consideran el Decreto como vigente a partir de la fecha siguiente a su publicación (12 de Enero de 2018) y que están trabajando para emitir las reglamentaciones que hagan falta.

Esperamos tener novedades sobre la implementación y regulación de estas modificaciones y los mantendremos debidamente informados.

Como siempre, pueden contactarnos por cualquiera de nuestros canales o a nuestro mail: gatti@gattiasoc.com.ar y con gusto los atenderemos.

Nuevas Soluciones para DESAFIOS GLOBALES

Nos destacamos a nivel Nacional e Internacional en lo que se refiere a la protección global de Marcas, Patentes y Propiedad Intelectual.
Nuestra principal tarea en la protección global es resguardar los derechos de Propiedad Industrial simplificando todos los procesos de registro en los distintos países.

La protección de variedades vegetales, conocida también como sistema de Derecho del Obtentor, es una forma de propiedad intelectual “sui-generis” cuyo objetivo es conferir al obtentor de una variedad vegetal un derecho exclusivo de explotación sobre su creación. El obtentor es aquella persona que ha creado o descubierto y desarrollado una variedad vegetal.

El trade dress está formado por el conjunto de signos distintivos que integran a un comercio y que lo caracterizan.
Por ejemplo, la decoración o imagen comercial, las formas de las edificaciones e incluso los uniformes utilizados.

El registro de software y la protección intelectual de los programas de computación, en sus versiones fuente y objeto, se encuentran amparados por la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual, que establece que los programas de computación referidos se consideran como obras literarias, científicas o artísticas en los términos de la ley.

El Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT permite buscar protección por patente para una invención en muchos países al mismo tiempo mediante la presentación de una solicitud "internacional" de patente. Pueden presentar dicha solicitud los nacionales o residentes de los Estados Contratantes del PCT. Los solicitantes tienen la posibilidad de proteger su invención a nivel mundial en 148 países.

Servicio que se efectúa previo a un proceso de compra donde el comprador potencial evalúa una empresa y/o sus activos de cara a una adquisición.

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