Registro de Derechos de Autor

El Derecho de autor abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas, las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, los dibujos, pinturas, fotografías, esculturas, y los diseños arquitectónicos.

La expresión «derecho de autor» hace referencia al acto principal, respecto de las creaciones literarias y artísticas, que sólo puede ser ejecutado por el autor o bajo su consentimiento.

El Derechos de Autor hace referencia a los derechos de la persona creadora de la obra artística, su autor, lo cual pone de relieve el hecho, reconocido en la mayor parte de las legislaciones, de que el autor tiene ciertos derechos específicos sobre su creación, por ejemplo, el derecho de impedir una reproducción distorsionada que sólo él puede ejercer, mientras que otros derechos, como el derecho de efectuar copias, lo pueden ejercer otras personas, por ejemplo, un editor que ha obtenido una licencia a tal fin del autor.

Nuestros servicios de asesoramiento incluyen las siguientes áreas:

  • La Inscripción de obras en el Registro de la Propiedad Intelectual y oficinas de Copyright internacionales.
  • El Depósito Notarial
  • La Elaboración y redacción de documentos que determinen la titularidad de los derechos.
  • Autorización para uso de obras de terceros.
  • Asesoramiento estratégico y contractual para la redacción y negociación de contratos con productores, actores, modelos, anunciantes, músicos, etc.
  • Asesoramiento estratégico para la protección de software y demás soluciones informáticas.
  • Antipiratería en Internet: Infracciones a los derechos de propiedad intelectual.
  • Registro de obras inéditas y su edición.
  • Registro de obras publicadas, publicaciones periódicas, obtención de ISBN, ISSN, declaraciones de publicación ante autoridad competente.
  • Aprobación y registro de contratos de cesión de obras intelectuales ante la DNDA.
  • Contratos de edición, contratos de cesión de contenidos intelectuales publicación y utilización de imágenes y demás contenidos de terceros,
    Infracciones a derecho a la imagen y derecho a la intimidad
  • Compra y venta de contenidos intelectuales.
  • Responsabilidad de editoriales por contenidos publicados.

 

Se inscriben las siguientes obras inéditas o publicadas:

  • Cinematográficas, Composiciones Musicales, Compilaciones, Coreografías, Dibujos, Escritos (libros, folletos, etc.), Esculturas, Fonogramas, Fotografías, Mapas, Multimedia, Obras de arquitectura, Obras dramáticas, Pantomímicas, Pinturas, Planos, Programas de radio, Programas de televisión, Publicaciones periódicas, Software, Videogramas.

Nuevas Soluciones para DESAFIOS GLOBALES

Nos destacamos a nivel Nacional e Internacional en lo que se refiere a la protección global de Marcas, Patentes y Propiedad Intelectual.
Nuestra principal tarea en la protección global es resguardar los derechos de Propiedad Industrial simplificando todos los procesos de registro en los distintos países.

La protección de variedades vegetales, conocida también como sistema de Derecho del Obtentor, es una forma de propiedad intelectual “sui-generis” cuyo objetivo es conferir al obtentor de una variedad vegetal un derecho exclusivo de explotación sobre su creación. El obtentor es aquella persona que ha creado o descubierto y desarrollado una variedad vegetal.

El trade dress está formado por el conjunto de signos distintivos que integran a un comercio y que lo caracterizan.
Por ejemplo, la decoración o imagen comercial, las formas de las edificaciones e incluso los uniformes utilizados.

El registro de software y la protección intelectual de los programas de computación, en sus versiones fuente y objeto, se encuentran amparados por la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual, que establece que los programas de computación referidos se consideran como obras literarias, científicas o artísticas en los términos de la ley.

El Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT permite buscar protección por patente para una invención en muchos países al mismo tiempo mediante la presentación de una solicitud "internacional" de patente. Pueden presentar dicha solicitud los nacionales o residentes de los Estados Contratantes del PCT. Los solicitantes tienen la posibilidad de proteger su invención a nivel mundial en 148 países.

Servicio que se efectúa previo a un proceso de compra donde el comprador potencial evalúa una empresa y/o sus activos de cara a una adquisición.

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