Queremos informarles sobre un nuevo decreto que ha emitido el Poder Ejecutivo buscando optimizar y modernizar los procedimientos administrativos en la Oficina de Marcas y Patentes de Argentina.
En caso de que este Decreto sea aprobado, la Oficina de Marcas y Patentes tendrá a cargo reglamentarlo de manera que puedan aplicarse los cambios.
En principio, adelantamos las modificaciones incluidas en el decreto que afectarán los procedimientos locales.
El cambio principal se refiere a las oposiciones:
Debemos destacar que este Decreto incluye innumerables modificaciones a otras entidades y está siendo muy cuestionado por varios sectores. No descartamos acciones de inconstitucionalidad en su contra.
Por otra parte informamos que se están manteniendo reuniones con las autoridades del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial, quienes hasta ahora nos indicaron que consideran el Decreto como vigente a partir de la fecha siguiente a su publicación (12 de Enero de 2018) y que están trabajando para emitir las reglamentaciones que hagan falta.
Esperamos tener novedades sobre la implementación y regulación de estas modificaciones y los mantendremos debidamente informados.
Como siempre, pueden contactarnos por cualquiera de nuestros canales o a nuestro mail: gatti@gattiasoc.com.ar y con gusto los atenderemos.
Cada vez que tenemos una idea para un invento surgen muchas preguntas
La información sobre propiedad intelectual es fundamental no sólo para empresas, sino también para particulares creativos.
Cuando se desea proteger una idea, primero se debe determinar si el proyecto es susceptible de obtener una patente de invención, lo que permitirá al inventor o inventores gozar de un derecho exclusivo del uso de esa patente por un período de 20 años, pudiendo delegar su uso en licencias y otras formas de canalización comercial de la patente generando utilidades económicas.
El Registro de Propiedad Intelectual es el que se encarga de los derechos de autor (libros, por ejemplo) y Instituto Nacional de Propiedad Industrial se encarga de marcas y patentes.
Las patentes poseen derechos territoriales por lo que se deberá proteger la idea mediante el registro de una patente en todos aquellos países donde se desee tener protección.
Es importante destacar que Argentina forma parte del Convenio de París que es un tratado firmado por nuestro país, ratificado por la ley 17.011 y según el cual los países intervinientes en el Convenio se constituyen en Unión para la protección de la propiedad industrial.
Las principales ventajas que establece son que quien hubiere depositado en algún país miembro una solicitud de patente o modelo de utilidad y estuviera interesado en presentar la misma solicitud en algún otro país miembro, tiene derecho a pedir un certificado de prioridad.
Este certificado permite que cuando se evalúe la novedad de lo propuesto en los países donde se invocó la prioridad, la fecha que tendrán en cuenta será la de la presentación original en nuestro país y no la de la presentación en esos países.
Cabe destacar que para que esto sea posible, la segunda presentación debe realizarse dentro de 1 año a partir de la presentación original en Argentina.
Patentar una idea conlleva someterse a un procedimiento jurídico regulado por plazos estrictos y generalmente inamovibles, por lo que resulta más que aconsejable contratar especialistas en propiedad industrial con experiencia comprobable en estos temas.
¿Cuáles son las ideas que se pueden patentar?
Una patente es “un título que reconoce el derecho de explotar en exclusiva una invención, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin consentimiento del titular”. Es la única vía que ofrece al inventor o titular de la misma un derecho de exclusiva tanto en la fabricación como en la comercialización de la invención.
¿Qué se puede patentar?
Un procedimiento nuevo, un aparato nuevo, un producto nuevo o un perfeccionamiento o mejora de los mismos y con las siguientes características:
Definir bien qué queremos patentar, con qué imagen y bajo que marca o nombre.
Consultar a especialistas en el tema si es viable el registro:
Gatti Marcas y Patentes cuenta con un área especializada en el tema que podrá asesorarlo en todos los pasos y documentación que deberá llevarse a cabo.
Presentación y examen previo:
Las patentes deben redactarse muy bien porque en caso contrario se está mostrando la idea sin obtener la protección que uno desea. En otras palabras la preparación y tramitación de una patente debe realizarla un profesional para asegurar que se obtiene la mayor protección posible.
Nuestro equipo podrá ayudarte a preparar toda la documentación necesaria para patentar tu idea.
Publicación:
A los 18 meses se publica la solicitud en el Boletín de Patentes. A partir de ese momento cualquier persona puede acceder a su contenido y presentar observaciones dentro de los siguientes 60 días.
Examen de fondo:
Dentro de los 3 años el solicitante puede pedir el examen de fondo pagando el arancel correspondiente. En caso contrario la solicitud será considerada Abandonada.
Los examinadores de patentes realizan una búsqueda en bases de datos nacionales e internacionales para determinar si la solicitud cumple con los requisitos de ser una novedad mundial, tener actividad inventiva y aplicación industrial. De esta forma se decide si la solicitud cumple con todos los requisitos de patentabilidad.
Concesión de la patente
Si todos los pasos anteriores quedan aprobados la patente será concedida.
Las marcas de vino se muestran en muchas ocasiones como el elemento diferenciador que da la ventaja competitiva frente a otros productores, ya que otorga un elemento clave al momento de decidir que producto comprar.
En un mercado amplio, como el sector vitivinícola, donde la oferta de productos se encuentra tan masificada encontramos en la Propiedad Industrial el ordenamiento jurídico que regula y dispensa a las denominaciones, logotipos, signos distintivos y los elementos gráficos de la etiqueta del vino, y además el nombre del negocio. Sigue leyendo
Una patente de invención es un derecho exclusivo que el estado otorga al inventor, por un periodo de 20 años a partir de la presentación de la solicitud, impidiendo con este derecho exclusivo que terceros exploten su producto y/o procedimiento sin consentimiento otorgado. Vencido el plazo de los 20 años el invento pasa a ser de dominio público.
Desde el punto de vista de la propiedad intelectual, una marca es todo signo con capacidad distintiva. Si bien estos signos pueden relacionarse con la realidad socioeconómica de un determinado lugar, la globalización hizo posible que las marcas logren cada vez más imponerse mundialmente. Puede ser una “pipa” para marca de ropa deportiva, una “M” distinguible por su forma o el color amarillo característico del envase de un chocolate. De esta manera, las marcas distinguen productos y servicios tanto en el país de origen como en todos aquellos países en los que la marca está presente. Sigue leyendo
El principal objetivo de PCT es simplificar y hacer más eficaz y económico el procedimiento para solicitar en varios países la protección de las invenciones mediante patentes. Esto facilita a los titulares de la patente su protección simultánea en el sistema de patentes y de las oficinas encargadas de administrarlo en el mundo.